viernes, 29 de junio de 2012

NOVEDADES SEMANALES DEL 18 AL 22-06-2012


NOVEDADES SEMANALES DEL  18 AL 22-06-2012




UOM APLICATIVO PARA EL PAGO DE DIFERENCIA DEL SEGURO DE VIDA Y SEPELIO ABRIL 2012.



Como el nuevo acuerdo salarial de UOM fue retroactivo a abril generó una deuda en el Seguro de Vida de UOM por la diferencia del valor anterior de $ 27,19 con el valor actual de $ 33,44. Esta diferencia de $ 6,25 deberá ser retenida al empleado y otro tanto igual aportado por el empleador, dando una diferencia a pagar por empleado de $ 12,50.

Para poder generar la boleta para abonar la diferencia deben ingresar a la página de UOM http://www.uomboletas.com.ar/DiferenciaSeguro/



RESOLUCION 829/2012 ST - Resolución Homologatoria del Ministerio de Trabajo del último Acuerdo Salarial de Comercio (firmado el 24-Mayo-2012)






BUENOS AIRES. PROCEDIMIENTO. DECOMISO. SUSTITUCIÓN DE LOS BIENES DECOMISADOS POR OTROS BIENES DE PRIMERA NECESIDAD. REGLAMENTACIÓN



Se reglamenta el régimen de sustitución de los bienes decomisados por otros de primera necesidad del mismo valor, estableciendo la forma, modo y condiciones bajo las cuales la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires realizará la referida sustitución.

Recordamos que por medio del artículo 90 del Código Fiscal se establece que los bienes decomisados serán destinados al Ministerio de Desarrollo Social o a instituciones sin fines de lucro de tipo asistencial, educacional o religioso reconocidas oficialmente.     RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 20/2012



RECUERDE QUE... CONVENIO MULTILATERAL. INGRESOS BRUTOS. PRESENTACIÓN DECLARACIÓN JURADA ANUAL

El 29 de junio de 2012 vence el plazo para efectuar la presentación de la declaración jurada anual -CM05- correspondiente al impuesto sobre los ingresos brutos, para sujetos que tributan bajo el régimen de Convenio Multilateral.



Resolución Normativa (ARBA) Nº 19/2012 (Copia Oficial)



Código de Operación de Traslado o transporte de bienes en el territorio provincial. Transporte de bienes sin documentación respaldatoria. Res. Norm. A.R.B.A. 26/11 y 34/11. Aclaración respecto de la aplicación del artículo 82, conforme modificaciones de la numeración efectuada por la Ley Nº 14.333 al articulado del Código Fiscal, que establece la cuantía de la multa  que serán objeto cuando se realice el traslado o transporte de bienes en ausencia de documentación no fuera total.

Se establece que, en las Resoluciones Normativas N° 26/11 y N° 34/11, toda referencia normativa efectuada al último párrafo del artículo 60 del Código Fiscal (T.O. 2011), deberá entenderse hecha al segundo párrafo del artículo 82 del mismo Código.



COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS. RECESO ADMINISTRATIVO ENTRE EL 16/7/2012 Y EL 27/7/2012



La Comisión Federal de Impuestos dispone receso administrativo, entre el 16/7/2012 y el 27/7/2012 inclusive. A tal efecto se declaran inhábiles los días mencionados para el cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.





RECUERDE QUE... BENEFICIARIOS DE RENTAS DEL TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. DECLARACIÓN JURADA DE BIENES. VENCIMIENTO



Las personas físicas que durante el año 2011 -conf. lo establece el art. 12, RG (AFIP) 2437- percibieron rentas brutas por un importe igual o superior a $ 96.000, deben presentar hasta el día 2/7/2012 la declaración jurada que contenga el detalle de sus bienes al 31 de diciembre del 2011, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales. Por su parte, si durante el año 2011 hubieran percibido ganancias brutas iguales o superiores a $ 144.000, además del citado detalle de bienes deberán informar -hasta el 2/7/2012- el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la ley de impuesto a las ganancias.



Disposición (RNRO) Nº 2/2012 (B.O. 19/06/2012)  Dirección Nacional del Registro Oficial. Implementación del sistema Delegación Virtual, como único y exclusivo procedimiento para la recepción de avisos comerciales. Requisitos, condiciones y modos de uso del sistema. Aplicación a partir del 02/07/2012.



Se implementa a partir del 2 de julio de 2012 el sistema “Delegación Virtual”, como único y exclusivo procedimiento para la recepción de avisos comerciales a publicarse en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.



Los requisitos, condiciones y modos de uso del sistema se consignan en el Anexo  denominado “SERVICIO DELEGACION VIRTUAL”











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Empleados de comercio. Acuerdo salarial ¿Se homologó el acuerdo salarial para empleados de comercio?



El día 13 de junio de 2012 se homologo el acuerdo salarial de empleados decomercio bajo la Resolución de S T Nº 829.



Impuestos sobre los ingresos brutos. Construcción. Alícuota Un contribuyente que realiza trabajos de albañilería está inscripto en la actividad de "Construcción, reforma y reparación de edificios no residenciales", en el mes de Mayo/2012 inició actividad en el convenio multilateral en el régimen especial del artículo 6º. ¿Cuáles son las alícuotas de impuesto sobre los ingresos brutos aplicables en Provincia de Buenos Aires y en CABA para el mes de mayo? ¿Y en Buenos Aires con la modificación a partir de Junio/2012?



En CABA la actividad de Construcción, reforma y reparación de edificios no residenciales se encuentra alcanzada a la alícuota del 3%. Cuando estas actividades sean realizadas por contribuyentes y/o responsables con ingresos brutos anuales en el ejercicio fiscal anterior superiores a $ 30.000.000 establécese la tasa del 3,75%, cuando estos ingresos brutos superen los $ 40.000.000 se establece una tasa del 4,00%. En Provincia de Buenos Aires, la actividad se encuentra alcanzada a la alícuota del 3,50%. A partir del devengado junio de 2012, se mantiene dicha alícuota y se establece que se incrementará al 5% (en lugar del 4,5%) cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos por el contribuyente en el período fiscal anterior supere los $ 30.000.000.



Aportes y contribuciones de la seguridad social. Pagos ¿Cómo puede un empleado saber si sus aportes a la seguridad social están al día, cuando las obligaciones fueron colocadas en un plan Mis facilidades y aun existen cuotas por pagar (devengarse)?



La única manera de tomar conocimiento de los aportes realizados es a través del servicio de AFIP “Mis Aportes”.



Reducción de anticipos. ¿A partir de cuándo se puede solicitar la reducción de los anticipos a pagar de ganancias ya sea para una persona física o para una sociedad?



La Resolución General N° 327, en su artículo 16, establece que las personas físicas podrán solicitar la reducción a partir del tercer anticipo inclusive y las sociedades a partir del quinto anticipo. Cabe aclarar, que la opción podrá ejercerse a partir del primer anticipo cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto, por el régimen general, superará, en más del cuarenta por ciento (40%), el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable.



MONOTRIBUTO ¿A partir de qué mes se incrementan las cotizaciones fijas destinadas a la Seguridad Social del Régimen Simplificado?



La resolución general (AFIP) 3334 incrementa, a partir del 1/7/2012, los valores de las cotizaciones fijas destinadas a la Seguridad Social del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, fijando el aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en $ 157 y la obra social en $ 100.

Recordemos que los importes que resultaron de aplicación desde el 6/1/2010 hasta el 30/6/2012 son aporte autónomo (SIPA) $ 110 y obra social $ 70.



Seguridad social. Alta de empleado ¿Se puede registrar con el código 201 un empleado nuevo que va a trabajar bajo la modalidad de tiempo parcial?



El código 201 es para un puesto nuevo que incrementa la nómina con relación a noviembre de 2011. Se puede utilizar en contratos a tiempo parcial.



Monotributo. Impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales ¿Los contribuyentes monotributistas, trabajen en relación de dependencia o no, tienen que presentar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias y Bienes personales?



Los Monotributistas sólo deben presentar la ddjj del impuesto a las ganancias cuando estén inscriptos en el impuesto por otra actividad (por ejemplo, alquileres, director de S.A., etc.) o cuando están en relación de dependencia y sus sueldos brutos obtenidos en el año anterior son superiores a los $ 144.000. Corresponde la presentación de la ddjj del impuesto sobre los bienes personales cuando el Monotributista tiene al 31/12 bienes por un valor superior a los $ 305.000 o cuando se encuentre inscripto. Si el Monotributista está en relación de dependencia, si no se cumple lo establecido precedentemente, y durante el año anterior obtuvo sueldos brutos por un importe superior a los $ 96.000 debe presentar la ddjj del impuesto sobre los bienes personales con carácter informativo.



Autónomos. Locación de inmuebles ¿Una persona que tiene por actividad la renta de un inmueble estaría obligado a pagar autónomos?



El rentista no está obligado al régimen de autónomos, sólo seria voluntario (Tabla IV).



Monotributo Un monotributista que a su vez trabaja en relación de dependencia, ¿está afectado por el aumento de julio 2012 de Monotributo?



Al estar en relación de dependencia, el monotributista no abona jubilación ni obra social (No aportante), por lo tanto no ven afectado el monto a abonar, ya que el componente impositivo no se modificó.


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